- colaboración público-privada
- Adm. Contrato administrativo por el que una administración u otra entidad pública encarga a una empresa privada la realización de una actuación que implica la instalación de sistemas, su mantenimiento, la gestión integral del mantenimiento de instalaciones complejas, o la fabricación de bienes que incorporan tecnologías específicamente desarrolladas. La colaboración se establece por un período determinado e incluye la financiación de las inversiones, obras y suministros necesarios para el cumplimiento de determinados objetivos de servicio público o relacionados con las actuaciones de interés general.
Sublema de colaboración