- cláusula residual
- 1. Eur. Precepto que declara que toda competencia no atribuida a la Unión en los tratados corresponde a los Estados miembros.TUE, arts.
4.1 y5.2 .2. Eur. Principio de presunción de competencia del Estado que refleja que la Unión solo tiene las competencias previstas en los tratados y todas las demás permanecen bajo plena soberanía nacional.
Sublema de cláusula