Diccionario panhispánico del español jurídico

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cláusula residual de competencia

Adm. y Const. Precepto constitucional que declara a qué poder territorial corresponden las competencias (Federación o Estado federado; Estado o comunidades autónomas) que no hayan sido expresamente atribuidas en la Constitución.
«Los poderes que la constitución no delega en los Estados Unidos ni prohíbe a los Estados quedan reservados a los Estados respectivos o al pueblo» (Enmienda X de la Constitución americana) «El ejercicio de los poderes públicos y el cumplimiento de las funciones públicas competen a los Estados en tanto que la presente Ley Fundamental no establezca o admita una disposición de contrario» (Ley Fundamental de Bonn, art. 31) «La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado» (Constitución de 1978, art. 149.3) .

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