Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ciudadanía española en el exterior

Sublema de ciudadanía
Civ. e Int. púb.; Esp. Ciudadanía correspondiente a los españoles que tienen residencia fuera del territorio nacional.
El Estado contrae obligaciones y deberes respecto de estos españoles, conducentes a que puedan ejercer en el exterior los derechos y deberes constitucionales en términos de igualdad con los españoles residentes en el territorio nacional, así como reforzar los vínculos sociales, culturales, económicos y lingüísticos con España y con su nacionalidad y sus respectivas comunidades de origen. También se extiende a ellos la acción protectora del Estado y de las comunidades autónomas para mejorar sus condiciones de vida y complementar la protección existente en el país de residencia. Ley 40/2006, de 14-XII, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior.