Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cisterna

1. Adm. Depósito donde se recoge y conserva el agua llovediza o la que se lleva de algún río o manantial.
Sobre las cisternas, como sobre los aljibes, no se pueden imponer las servidumbres de saca de agua o abrevadero.
2. Adm. Depósito donde se almacena el agua para consumo humano, ubicado en la cabecera o en tramos intermedios de la red de distribución.
RDPH, art. 43; Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (BOE n.º 45, de 21 de febrero, arts. 2.15 y 11).

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