Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cesión en pago

Sublema de cesión
Civ. Transmisión que hace el deudor a sus acreedores previendo que cualquiera que sea el importe obtenido con su venta, se extinguirán todos los créditos pendientes.
Es una cessio pro soluto, o cesión en pago. La diferencia con la cesión de bienes es que esta es una cessio pro solvendo, que no implica, como aquella, la transmisión de la propiedad de los bienes que se ceden.

Referenciado desde