Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

censo reservativo

Sublema de censo1
Civ. Modalidad de censo en la cual el propietario inicial o censualista cede al censatario el pleno dominio de un inmueble, reservándose el derecho de percibir sobre el mismo una pensión periódica, con la que la finca queda gravada.
Cuando se transmite la propiedad se hace simultáneamente con el gravamen en el que el censo consiste. Se diferencia claramente de la compraventa porque el transmitente no tiene en ningún momento derecho a obtener el precio que corresponde al valor de la finca, sino que debe limitarse a cobrar la pensión. El censo puede redimirse mediante el pago de una sola vez por el censualista del capital fijado de antemano al constituirse el censo. CC, art. 1607 .