Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

carta de encomienda de unos hombres a otros

Sublema de carta
Hist. Escritura pública mediante la cual una persona se encomienda a otra, generalmente una persona de estamento privilegiado, o un monasterio, con el fin de que lo ampare y defienda.
«Cómmo deue sseer ffecha la carta de las cosas que los omnes comiendan vnos a otros. Encomiendan los omnes ssus cosas muchas vegadas vnos a otros, e temiendo que por muene de alguno dellos que venga en dubda, manda ffazer cartas ende, e déuelas el escriuano ffazer en esta manera: deue dezir en ella cómo connosce aquel que rreçibe la comienda que rreçebió tales cosas de ffulán, edéuelas nonbrar en la carta qué cosas sson e quáles e cómmo es tenudo aquel que las tiene en comienda de rrecodir con ellas a aquel que gelas acomendó o aquel que él mandare al tienpo que con él possiere quandoquier que gelas demande. E por que esto non venga en dubda nin pudiesse venir contienda entrelos, que mandaron ende ffazer dos cartas partidas por abeçe, la vna que touiesse el vno e la otra el otro. Enpero maguer que en la carta dixiesse que non es tenudo de rrecudir con aquellas cosas ssinon aquel que gelas encomendó, dezimos que tenudo es, ssi aquel moriere, de rresponder con ellas para darlas a ssus herederos daquel que gelas dexó en comienda» (Espéculo, 4.12.43). «Ley ochenta e nueue como deue ser fecha la carta quando alguno se quiere fazer onbre de otro. Metense algunos onbres so señorio de otros faziendose suyos. E la carta deue ser fecha en esta manera. Sepan quantos esta carta vieren: Como bernald por si e por sus fijos que ha e aura de aquí adelante e que seran varones a domingo yuañes resçibiente por si e por sus herederos de ser su onbre e de sus fijos para sienpre iamas. E de estar a el e a sus fijos a su meioria e a su señorio e de dar le cada año en la fiesta de todos santos dos capones e dos fogaças de reconosçimiento de señorio» (P 3, 18, 89).