Diccionario panhispánico del español jurídico

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Cancillería Real de Castilla y León

Sublema de cancillería
Hist. Órgano de expedición, recepción y custodia de documentos reales.
Aunque ya existía en León con Alfonso IX, la organización de la Cancillería Real castellana la lleva a cabo Alfonso X, concebida como una oficina de emisión y sellado de documentos reales y recepción de cuantos se generen en el reino destinados al rey, así como de registro y conservación. Así se recoge en Partidas, 3, 20, 6: «Es lugar do deuen aducir todas las cartas para sellar, e aquellos que lo ouieren de ver, déjenlas catar, e las que nonfueren bien fechas, déjenlas romper, e quebrantar; e las que fueren fechas derechamente déjenlas mandar sellar. E por esto se llama cancellería, porque en ella se deuen quebrantar, e cancellar las cartas que fueren mal fechas». Estuvo formada por el canciller mayor, cargo que recaía sobre un alto eclesiástico, generalmente el arzobispo de Toledo; el canciller; los notarios; los escribanos; escribanos grossatores; los registradores y los selladores. Estuvo formada por tres dependencias: notaría mayor (a su vez dividida en tres: León, Castilla y Andalucía, encargada de documentos de merced, gracia y gobierno), oficio de justicia (presidida por los alcaldes de Corte y que se ocupaba de la redacción de documentos relacionados con la administración de justicia) y oficio de cámara (presidida por el camarero del rey inicialmente, estaba formada por notarios y escribanos que se ocupaban fundamentalmente de documentos de tipo económico). De esta se desgajó una sala especial, denominada Cancillería de la Poridad o del Secreto.

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