Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cañada

1. Adm. y Civ. Vía pecuaria cuya anchura no excede de 75 metros.
Tuvieron su auge con motivo de los privilegios de la Mesta a partir de Alfonso X y durante todo el Antiguo Régimen. Las había mayores y menores, las primeras se denominaron cañadas reales. También se denominaron en Galicia y Asturias carraria. Otras servidumbres de paso para ganado son el cordel y la vereda, que se diferencian de la cañada por su anchura: 37 metros y 50 centímetros en el primer caso y 20 metros en el segundo. Es zona de seguridad donde no se puede cazar. CC, art. 570 ; LVP, art. 4.
2. Hist. Cierta medida de vino en Asturias y León.

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