- vía pecuaria
- Adm. Camino de dominio público, tradicionalmente utilizado para la circulación de los ganados y que actualmente suele tener otros usos adicionales (deportivos, recreativos, medioambientales, etc.).
Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, art. 1.2 . En lo cinegético, cabría añadir que no se permite cazar en las vías pecuarias ni en sus zonas limítrofes, incluso algunas leyes de caza no computan su superficie para los mínimos de extensión exigidos a los cotos.
Sublema de vía1