Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

beneficio familiar

Sublema de beneficio
1. Lab.; Bol. y C. Rica En materia de Seguridad Social, seguro que cubre al cónyuge, a la pareja, hijos, hermanos, padre, madre y otros menores que dependen económicamente del asegurado directo.
Reglamento 7082 de 1996, del Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social, art. 10.
2. Lab.; C. Rica Cobertura adicional al seguro colectivo de vida suscrito por el contratante en la cual se agrega al total de familiares elegibles de una póliza colectiva.
El beneficio familiar ampara el riesgo de muerte de los familiares elegibles.