Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

beneficio de derecho

Sublema de beneficio
Gral. Beneficio concedido según las normas de las leyes o de la Iglesia.
«Beneficios de derecho los tienen […] aquellos a quien fueron dados segúnt manda la santa eglesia, maguer non sean en posesion dellos corporalmente» (P 1, 16, 10).