Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

beneficiario de la expropiación

Adm. Destinatario de los bienes o derechos expropiados.
En las expropiaciones por causa de utilidad pública ha de serlo el propio ente territorial expropiante o también entes institucionales y los concesionarios. En las expropiaciones por causa de interés social, puede ser beneficiario también cualquier persona natural o jurídica. LEF, art. 2.

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