Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

bastantear

1. Proc. Dicho de un abogado: Afirmar por escrito y bajo su responsabilidad que un instrumento público, en donde consta un contrato de mandato, es bastante para dar valor legal a una o más actuaciones del mandatario.
2. Proc. Declarar que un poder u otro documento es bastante para el fin con que ha sido otorgado.
Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, art. 29.1.La presente Ley no deja de responder a exigencias de racionalización: se elimina el requisito del bastanteo de los poderes, desde hace tiempo desprovisto de sentido (preámbulo de la LEC).

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