Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autorización ambiental

Sublema de autorización
Amb. Resolución por la que el órgano ambiental competente hace posible que el titular de la actividad, la instalación o el producto pueda desarrollarla, explotarla o comercializarla, porque considera que cumple con los requisitos establecidos para reducir o eliminar los riesgos o la contaminación ambientales.
Ley 34/2007, de 15-XI, de calidad del aire y protección de la atmósfera, art. 3; Ley 8/2002, de 18-XII, de protección del ambiente atmosférico de Galicia, art. 5; Real Decreto 1054/2002, de 11-X, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas, art. 2; Ley de Cataluña 20/2009, de 4-XII, de prevención y control ambiental de las actividades, art. 4.

Sublemas