Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autonomía de la voluntad material

Int. priv. Posibilidad de las partes de hacer todo pacto que no sea contrario a las normas imperativas de un ordenamiento, sin efectuar con ello una elección de la ley rectora del contrato.
En contratación internacional esta autonomía de la voluntad material suele ejercitarse a través de la incorporación, como parte de sus acuerdos, de usos y prácticas profesionales, regulaciones comerciales, códigos de conducta y normativas jurídicas estatales, internacionales o supranacionales.