Diccionario panhispánico del español jurídico

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Aula regia

Hist. Órgano asesor del monarca visigodo. Se denominó también Palatium y Officium palatinum, si bien estrictamente el Aula regia es parte del Palatium. Es consecuencia de diferentes influencias: del Senatus y del Consistorium principis, que asesoraba al emperador en el Bajo Imperio.
Estuvo formada por palatini, dotados de officium, a los que se unían el resto de los magnates (maiores o comites) adscritos al Palatium sin officii específicos; además de otros dignatarios designados por el monarca, todos ellos magnates (próceres) que estaban al cargo de circunscripciones administrativas territoriales o locales, jefes militares, altos dignatarios eclesiásticos, etc. Acudían a la llamada real en virtud de los deberes que integraban la fide regia. Si bien tenía una esencia de séquito o comitiva germánica, con vínculo clientelar con el rey, al modo de la tradición germánica, se le revistió con una forma jurídico-pública, de tal forma que fuese el deber de consejo el principio jurídico prevalente en la constitución del Aula regia. Sus facultades fueron muy amplias, excediendo del asesoramiento para temas jurídicos y políticos, para constituirse en un órgano judicial en determinados casos, así como militar, según fuera la convocatoria real. Desde el Concilio XII de Toledo se establecieron un procedimiento y tribunal especiales para juzgar a los integrantes del Aula, constituyéndose en una jurisdicción especial. Tras la caída del reino visigodo se intentó restaurar en el reino astur, pero no llegó a consolidarse, pasando a ser la Curia regia el órgano asesor por excelencia de los monarcas a partir de la Reconquista.

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