Diccionario panhispánico del español jurídico

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asistencia consular al ciudadano de la Unión Europea

Sublema de asistencia2
Eur. e Int. púb. Conjunto de funciones ejercidas por las autoridades diplomáticas y consulares de un Estado miembro de la Unión Europea, también por las delegaciones de la Unión ante terceros países y conferencias internacionales y por sus representaciones permanentes ante organizaciones internacionales, en favor de los ciudadanos de la Unión que se encuentren en dificultades en un tercer Estado, prestándoles auxilio material y ayuda administrativa y judicial, incluso la repatriación, siempre que el Estado de su nacionalidad no tenga embajada o consulado en ese tercer Estado.
Los terceros Estados hasta ahora afectados no parecen oponerse a esta práctica, que no se sujeta al requisito de la nacionalidad. TUE, art. 35; Directiva (UE) 2015/637 del Consejo, de 20-IV-2015, sobre medidas de coordinación y cooperación para facilitar la protección consular de ciudadanos de la Unión no representados en terceros países y por la que se deroga la Decisión 95/553/CE.