Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

arrendamiento de buque

Sublema de arrendamiento
Civ. y Merc. Contrato por el que el naviero, que actúa de arrendatario, adquiere el derecho a la explotación comercial de un buque, propiedad de un tercero o arrendador, a cambio de pagar una renta y por el plazo convenido, asumiendo además la gestión del buque. Puede arrendarse el buque armado y equipado o desnudo.
Se aplica el régimen general del CC, arts. 1546 y sigs.