Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

arma de avancarga

Sublema de arma de fuego, arma
Adm. Arma de fuego en la que la carga de proyección y el proyectil se introducen por la boca del cañón o, en su caso, por la boca de la recámara del tambor.
La carga de proyección es de pólvora negra o de sustancia explosiva o pirotécnica similar. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas.