- arma corta
- Adm. Arma de fuego cuyo cañón no excede de 30 cm o cuya longitud total no excede de 60 cm; es larga cualquier otra arma de fuego.
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, art. 2.a).
Sublema de arma de fuego, arma