- arancel de los receptores
- Proc.; Chile Tarifa legal establecida para los servicios de los receptores judiciales.Contiene los derechos que pueden cobrar los receptores judiciales por las diligencias que realicen y se les encomienden, fijados anualmente por el presidente de la República, previo informe de la Corte Suprema, de conformidad con la ley.
Código Orgánico de Tribunale s, art. 392.
Sublema de arancel