apropiación temporal Sublema de apropiación Pen. Apropiación indebida que no pierde su carácter delictivo por el hecho de ser de corta duración como consecuencia de la detención de la persona que ha sustraído los bienes.CP, arts. 252 y 623.4.ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931apropiación por medios electrónicosapropriar