Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

apertura de crédito

Sublema de apertura
Merc. Contrato bancario por el que una de las partes, el acreditante, se obliga, dentro de los límites de cantidad y tiempo pactados, a poner a disposición de la otra parte, el acreditado, una suma o sumas de dinero, o a efectuar las prestaciones previstas en el contrato que le permitan obtenerlo, a cambio de una retribución.
PCM, art. 574-1. En España es un contrato atípico. En Colombia se regula en los artículos 1400 y siguientes del Código de Comercio.

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