Diccionario panhispánico del español jurídico

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apertura de correspondencia

Sublema de apertura
Const. Solo es constitucionalmente legítima, considerando la garantía constitucional del secreto de las comunicaciones, cuando esté legalmente prevista, se autorice por la autoridad judicial en el curso de un proceso y de forma motivada.
CE, 18.3 ; LECrim, arts. 379 y sigs.