Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

agente provocador

Sublema de agente
Pen. Agente de la autoridad que induce a un sujeto a realizar un delito, con el fin de obtener pruebas para incriminarle.
El agente provocador no tiene voluntad de que dicho delito llegue a consumarse. «Hemos dicho en la STS núm. 1992/1993, 15 de septiembre, que “para la existencia del delito provocado es exigible que la provocación -en realidad, una forma de instigación o inducción-, parta del agente provocador, de tal modo que se incite a cometer un delito a quien no tenía previamente tal propósito, surgiendo así en el agente todo el iter criminis”, desde la fase de ideación o deliberación a la de ejecución, como consecuencia de la iniciativa y comportamiento del provocador...» (STS, 2.ª, de 5-IV-2017, rec. 10441/2016).