Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aeronave de Estado

Sublema de aeronave
Adm. Aeronave, militar o no, destinada exclusivamente a servicios estatales no comerciales. Se considera territorio español, cualquiera que sea el lugar o espacio en que se encuentre.
Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, arts. 6 y 14; Convención de UNESCO de 2-11-2001, art. 1.8.