- adopción privilegiada
- Proc.; R. Dom. Institución jurídica de orden público e interés social que permite crear judicialmente un vínculo de filiación, voluntario e irrevocable, entre personas que no lo tienen por naturaleza.Equivale a adopción. El adoptado se integra plenamente a la familia del adoptante, extinguiéndose su parentesco con su familia de sangre, con todos sus efectos jurídicos salvo en cuanto a los impedimentos matrimoniales, que subsisten respecto de la familia de sangre.
Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, arts. 115-163.
Sublema de adopción1