Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Administración local

Adm. y Const. Categoría de entidades integrantes de la organización territorial del Estado que comprende, en el territorio continental, el municipio, la provincia y, en su caso, las agrupaciones de municipios diferentes de la provincia, y, en los archipiélagos, la isla, así como, por extensión, las restantes entidades que según las leyes tengan o gocen de la condición de locales.
LRBRL, art. 3.

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