Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Administración juvenil

Adm. Conjunto de organismos y dependencias del sector público que se caracteriza por su especialización funcional para la planificación, coordinación y ejecución de las denominadas políticas públicas de juventud.
CE, art. 48; Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de la Juventud.