Diccionario panhispánico del español jurídico

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acumulación de procesos

Sublema de acumulación
Proc. Tramitación en un solo procedimiento de dos o más procesos compatibles que se iniciaron por separado y cuya acumulación obedece a razones de conexión que eviten el riesgo de sentencias contradictorias.
LEC, arts. 74 y 555; LPL, arts. 29 y sigs.; LJCA , arts. 34 y sigs. Código Orgánico General de Procesos, de Ecuador, art. 16. «La acumulación de los dos procesos conexos produjo no solo la reunión física de ambos en uno solo, sino la consiguiente unificación del cauce procedimental y la resolución en una misma sentencia en la que se dio respuesta a cada una de las acciones ejercitadas en las demandas» (STS, 1.ª, 7-V-2012, rec. 865/2009). Ley Nacional 17 454, por la que se aprueba el Código Procesal Civil y Comercial, de Argentina, art. 188.

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