- acumulación de autos
- Lab. Actuación procesal consistente en unir unos procedimientos a otros para que sean resueltos por una sola sentencia o resolución.«Lo expuesto hace lucir con total nitidez la falta de contradicción que concurre en el actual motivo, máxime porque la acumulación indebida de acciones tiene un régimen jurídico propio y diferenciado de la acumulación de autos, pues en el primer caso la regulación se halla en la
LPL , arts. 27 y 28 y, en el segundo caso en laLPL, art. 29 » (ATS, 4.ª, 7-VII-2010, rec. 112/2010).Código del Trabajo, art. 454, n.º 5 y449 , de Chile.
Sublema de acumulación