Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acumulación de autos

Sublema de acumulación
Lab. Actuación procesal consistente en unir unos procedimientos a otros para que sean resueltos por una sola sentencia o resolución.
«Lo expuesto hace lucir con total nitidez la falta de contradicción que concurre en el actual motivo, máxime porque la acumulación indebida de acciones tiene un régimen jurídico propio y diferenciado de la acumulación de autos, pues en el primer caso la regulación se halla en la LPL, arts. 27 y 28 y, en el segundo caso en la LPL, art. 29» (ATS, 4.ª, 7-VII-2010, rec. 112/2010). Código del Trabajo, art. 454, n.º 5 y 449, de Chile.

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