- acuerdo previo de valoración
- Fin. Manifestación del deber de información y asistencia al obligado tributario que tiene la Administración, en virtud del cual, a solicitud de aquel, se fija un valor a efectos fiscales de rentas, productos, bienes, servicios, gastos y demás elementos determinantes de la deuda tributaria de forma previa y vinculante a su aplicación en los tributos.
Sublema de acuerdo