- acogimiento de menores
- Civ. y Proc. Institución que tiene por objeto la tutela o guarda de menores que se encuentran en situación de desamparo.Este acogimiento requiere autorización judicial y puede ser promovido por el Ministerio Fiscal o por la autoridad pública correspondiente. El expediente, oídas todas las partes implicadas, concluye con una decisión en interés del menor.
CC, art. 173.
Sublema de acogimiento