Diccionario panhispánico del español jurídico

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acción mixta

Sublema de acción3
Civ. y Proc. Acción por la cual el actor pretende la tutela de un derecho que participa al mismo tiempo de la calidad de real y de personal.
«No hay, pues, que entender que hay “acción mixta” cuando se ejercitan acciones reales y personales, pues la denominación se reserva para las antiguas acciones mixtas (las divisorias) y para las acciones complejas, como la petición de herencia» (STS, 1.ª, 24-I-2006, rec. 2009/1999).