- acción de deslinde
- Civ. Acción divisoria entre propietarios colindantes para fijar los linderos entre fundos contiguos. El deslinde y amojonamiento puede ser solicitado por el dueño de un terreno o el que tuviese sobre él algún derecho real para su uso y disfrute. Actio finium regundorum.
CC, arts. 384 y sigs. ;LEC 1881, art. 2061 . «La acción de deslinde requiere que haya confusión de límites de forma que no se tenga conocimiento exacto de los mismos, y no es viable si las fincas están perfectamente identificadas y delimitadas» (STS, 1.ª, 9-III-2015, rec. 920/2013 ).Código General del Proceso , de Colombia, art. 400.CCCN, art. 2266 .
Sublema de acción3