- abolición de asociaciones
- Adm. Acción política desarrollada en España al inicio del período constitucional que sigue los mismos criterios concernientes a la supresión de asociaciones que habían establecido las normas revolucionarias en Francia.Un decreto de octubre de 1820 establece el criterio general de la eliminación de «reuniones de individuos constituidas y reglamentadas por ellos mismos, bajo el nombre de sociedades, confederaciones, juntas patrióticas o cualquier otro». A todas las ordena cesar. El Código Penal de 1822 establece el criterio de la penalización de este tipo de agrupaciones de individuos, medida que se mantiene durante casi todo el siglo.
Sublema de abolición