Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ámbito temporal de las normas procesales

Proc. Regla general del proceso civil que prescribe que los asuntos de los que hayan de conocer los tribunales civiles se sustanciarán siempre por estos con arreglo a las normas procesales vigentes, que nunca tendrán carácter retroactivo.
LEC, art. 2.