Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

zona peatonal

Sublema de zona
Adm. Parte de la vía, elevada o delimitada de otra forma, reservada a la circulación de peatones, en la que se incluye también la acera, el andén y el paseo.
TRLTSV, anexo I, 59. «La acera y la zona peatonal no son un carril de circulación sino un espacio de convivencia de los ciudadanos» (Dictamen del Consejo de Estado n.º 885/2014, de 20 de noviembre).