Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

zona internacional de los fondos marinos y oceánicos

Sublema de zona
Int. púb. Espacio que comprende los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo fuera de los límites de la jurisdicción nacional, es decir, más allá del límite exterior de la plataforma continental. Se conoce abreviadamente como la Zona.
Un detallado régimen convencional prohíbe la reivindicación de soberanía o de otros derechos en la Zona y ordena todas las actividades de exploración y explotación de los recursos minerales sólidos, líquidos o gaseosos situados en los fondos y en su subsuelo, incluidos los nódulos polimetálicos, considerados patrimonio común de la humanidad, en cuyo nombre actuará la llamada Autoridad, organización internacional creada para ocuparse de la buena administración de los recursos de la Zona. CNUDM, arts 1.1 y 133-141.

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