Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

zona de exclusión aérea

Sublema de zona
1. Int. púb. Área en la que un Estado, en ejercicio de su soberanía, restringe o prohíbe el tráfico aéreo por razones de necesidad militar o de seguridad pública o emergencia.
Su extensión y situación deben ser razonables, exigirse sin discriminación y comunicarse a todos los demás Estados y a la OACI. Convenio sobre aviación civil internacional, de 1944, art. 9.
2. Int. púb. Área restringida o prohibida al tráfico aéreo establecida por el Consejo de Seguridad como medida para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, en aplicación del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.
S/RES/781 (1992), S/RES/786 (1992), S/RES/816 (1993) y S/RES/1973 (2011).

Referenciado desde