Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

zona de aguas de baño

Sublema de zona
Adm. Superficie dedicada al baño en ríos o embalses y cuya declaración por las autoridades competentes requiere previo informe por los organismos de cuenca.
TRLA, art. 25.4; RDPH, art. 243 bis.