Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

zona conurbada

Sublema de zona
Adm.; Chile y Méx. Zona urbana que tiende a formar una continuidad natural de carácter geográfico y económico-social, constituyendo el punto donde se alcanzan dos o más localidades, centros de población o municipios, para integrarse en una sola población con intereses y necesidades comunes que son atendidas o satisfechas por dos o más instancias gubernamentales.