- vocal militar
- Mil. Miembro de un órgano judicial militar colegiado, elegido anualmente para formar sala mediante sorteo entre militares de carrera en servicio activo destinados en los órganos centrales de la defensa y en los cuarteles generales de los Ejércitos o en el ámbito territorial de los tribunales militares territoriales, cuya intervención en el órgano judicial militar se encuentra limitada al conocimiento de ciertos asuntos señalados en la
Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar , sin que pueda desempeñar en ninguno de ellos la ponencia, que siempre corresponde al auditor presidente o a los vocales togados.