Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vivienda unifamiliar

Sublema de vivienda
1. Adm. Vivienda que ocupa un edificio entero.
2. Adm.; Nic. Vivienda que se desarrolla en un lote de terreno de forma individual para ser ocupada por una familia y que cuenta con acceso público.
Pueden ser aisladas, pareadas o adosadas. Ley n.º 965, de Reforma a la Ley n.º 677, Ley Especial para el Fomento de la Construcción de Vivienda y de Acceso a la Vivienda de Interés Social y a la Ley n.º 428, Ley Orgánica del Instituto de la Vivienda Urbana y Rural (INVUR) (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 207, del 31 de octubre de 2017), art. 6.