Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vista de discordia

Sublema de vista
Proc. Vista especial que se señala cuando en la votación de una resolución no resultara mayoría de votos sobre cualesquiera pronunciamientos y se hubiera intentado el acuerdo y no hubiera sido posible, donde concurrirán los mismos magistrados que en la primera, aumentando dos más si fuera impar el número de discordantes, y tres si hubiera sido par, por el orden que la ley establece.
LEC, art. 202.