Diccionario panhispánico del español jurídico

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vinculación de los tribunales inferiores a la jurisprudencia del Tribunal Supremo

Adm., Const. y Proc. Necesidad de tener en cuenta y aplicar lo establecido por el Tribunal Supremo en sus sentencias reiteradas, que es una obligación para los tribunales que, aunque no esté anunciada de modo concreto y expreso, resulta de que la vulneración de la jurisprudencia sea uno de los fundamentos posibles del recurso de casación.
Ley de Enjuiciamiento Civil, de 7 de enero de 2000, art. 477; LJCA, de 13 de julio de 1998, arts. 88.1.d y 96 y sigs. En el ámbito contencioso-administrativo, se mantiene una línea jurisprudencial de la que es una muestra excelente la STS de 20 de abril de 1990: «Tal doctrina legal se constituye en un precedente judicial, según la terminología acuñada por el Case Law, que se nos impone como consecuencia del principio de seguridad jurídica, en relación con el de igualdad de todos ante la ley, consagrados en los artículos 9 y 14 de nuestra Constitución, para cuyo remedio en caso de quebrantamiento está prevista precisamente la revisión antes mencionada, donde se permite y obliga a rescindir las sentencias que estén en contradicción con el criterio jurisprudencial dominante».