Diccionario panhispánico del español jurídico

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vinculación a las sentencias del TEDH

Int. púb. Fuerza obligatoria de las sentencias por la cual los Estados miembros se comprometen a acatarlas, que suele dejar un margen a su ejecución, pero cuyo cumplimiento puede supervisarse por el Tribunal y el Comité de Ministros.
«…la propia STC 245/1991 TC, FFJJ 2 y 3, precisó que el hecho de “que el Convenio europeo no obligue a España a reconocer en su ordenamiento jurídico la fuerza ejecutoria directa de las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ni tampoco a introducir reformas legales que permitan la revisión judicial de las Sentencias firmes a consecuencia de la declaración por el Tribunal de la violación de un derecho de los reconocidos por el Convenio … no implica la carencia de todo efecto interno de la declaración realizada por dicho Tribunal sobre la existencia de infracción de un derecho reconocido en el Convenio...» (STC, 1.ª, de 3-VII-2006, rec. 119/2002).