Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vicecanciller de curia

Can. Oficio eclesiástico opcional cuya función principal es ayudar al canciller en el cuidado de las actas de la curia, asistiéndole en sus obligaciones como notario y archivero (CIC, cc. 145, 482 § 2, 483 y 484). El vicecanciller es también secretario de la curia (CIC, c. 482 § 3).
El régimen jurídico del vicecanciller en la diócesis de la Iglesia latina es similar al que tiene en la eparquía de la Iglesia oriental.